NORMATIVA GUANTES

Reglamento UE 2016/425

Reglamento UE 2016/425 del Parlamento Europeo y del Consejo de 09 de marzo de 2016 relativo a Equipos de Protección Individual y por el que se deroga la Directiva 89/686/CEE del Consejo. Norma emanada de los órganos de la Unión Europea directamente aplicable en los Estados miembros, sin necesidad de trasposición. Publicado a 31 de marzo de 2016 en el DOUE entra en vigor el 21 de abril de 2018. A partir de 21 de abril de 2019 los distribuidores podrán introducir en el mercado EPIS conformes con el nuevo Reglamento 2016/425. 

Principales cambios del nuevo reglamento UE 2016/425

  • Pasa de ser una Directiva a un Reglamento de obligado cumplimiento en todos los países de la UE.
  • La Declaración CE de Conformidad se nombrará como Declaración UE de Conformidad, y las normas a las que haga mención se citarán con el año de actualización o revisión: EN 388:2016 o EN ISO 374:2016.
  • Los Certificados CE se nombrarán como Certificados UE.
  • El folleto informativo debe recoger un enlace donde poder descargar la Declaración de Conformidad UE.
  • El fabricante se compromete a establecer la trazabilidad sobre sus EPIs.
  • Se impone una caducidad de cinco años sobre los Certificados de examen UE de tipo que obligará a la recertificación de todos los EPIs.
  • Los EPIs concebidos para la protección contra cortes de motosierra portátil de cadena pasan a ser EPIS de Categoría III.

Categoría de los riesgos con respecto a las EPIS

categoria 1
Incluye exclusivamente a los siguientes riesgos mínimos: lesiones mecánicas superficiales, contacto con materiales de limpieza de acción débil o contacto prolongado con agua, contacto con superficies calientes que no excedan de 50ºC, lesiones oculares causadas por la luz solar, condiciones atmosféricas que no sean de naturaleza extrema. Se realiza control interno de la producción (Módulo A) a tenor del Anexo IV.
categoria 2
Incluye riesgos distintos de los enumerados en las categorías I y III. Examen UE de tipo (Módulo B) a tenor del Anexo V, seguido de la conformidad con el tipo basada en el control interno de la producción (Módulo C) a tenor del Anexo VI.

categoria 3

Incluye exclusivamente los riesgos que puedan tener consecuencias muy graves, como la muerte o daños irreversibles a la salud, en relación con lo siguiente: sustancias y mezclas peligrosas para la salud, atmósferas con falta de oxígeno, agentes biológicos nocivos, radiaciones ionizantes, ambientes con altas temperaturas cuyos efectos sean comparables a los de una temperatura del aire de al menos 100ºC, ambientes de bajas temperaturas cuyos efectos sean comparables a los de una temperatura del aire de -50ºC o menos, caídas de altura, descargas eléctricas y trabajos en tensión, ahogamiento, cortes por sierras de cadena accionadas a mano, chorros de alta presión, heridas de bala o arma blanca, ruidos nocivos.

       Examen UE de tipo (Módulo B) a tenor del Anexo V y cualquiera de las opciones siguientes:

  • Conformidad con el tipo basada en el control interno de la producción más un control supervisado de producto a intervalos aleatorios (Modulo C2) a tenor del Anexo VII.
  • Conformidad con el tipo basada en el aseguramiento de la calidad del proceso de producción (Módulo D) a tenor del Anexo VIII.

Requisitos básicos y métodos de ensayo

  • La norma define requisitos generales:
    · Diseño y construcción del guante.
    · Resistencia del guante a la penetración de agua.
    · Inocuidad (Ph entre 3,5 y 9,5), contenido en cromo. VI inferior a 3ppm para guantes de cuero y proteínas extractables, según EN455-3 para guantes de caucho natural.
    · Limpieza.
    · Propiedades electrostáticas.

    La norma define comodidad y eficacia:
    · Tallas.
    · Desteridad.
    · Transmisión y absorción al vapor de agua.

     

    DIMENSIONES DE LA MANO

     

    TALLAS

    CIRCUNFERENCIA

    LONGITUD

    DIMENSIÓN GUANTE
    LONGITUD MÍNIMA

    6

    152

    160

    220

    7

    178

    171

    230

    8

    203

    182

    240

    9

    229

    192

    250

    10

    254

    204

    260

    11

    279

    215

    270

    guante

    Destreza:
    · Acompañamos tabla. 

    DESTREZA DE LA MANO

    NIVEL DE PROTECCIÓN

    DIÁMETRO DE LA MENOR VARILLA QUE CUMPLE LAS CONDICIONES DEL ENSAYO (MM)

    1

    11,0

    2

    9,5

    3

    8,0

    4

    6,5

    5

    5,0

    ulo D) a tenor del Anexo VIII.

EN ISO 21420:2020

Riesgos mecánicos EN 388:2016

Riesgos por frío EN 511:2006

Riesgos químicos EN ISO 374-1:2016

Riesgos de corte por sierras de cadena EN 381-7:1999

Riesgos por la manipulación de pesticidas ISO 18889:2019

Riesgos térmicos EN 407:2004

Riesgos térmicos EN 407:2020

Protección para bomberos EN 659:03 + A1:08 + AC:09

Protección para bomberos EN 659:03 + A1:08 + AC:09

Protección para soldadores EN 12477:2001 + A1:2005 TYPE A